Áreas Privadas de Conservación: socias cruciales en la protección del patrimonio natural y cultural

Por Néstor Burgos, Ingeniero en Recursos Naturales Renovables de la Universidad de Chile y Magíster en Desarrollo Rural de la Universidad Austral de Chile.

En el contexto de los desafíos ambientales que hoy estamos enfrentando, surge una necesidad imperante de repensar nuestro enfoque hacia cómo coexistimos con nuestro entorno natural. En Chile, donde dos tercios de las especies registradas y la mitad de los ecosistemas enfrentan problemas de conservación, la urgencia de acción se torna evidente.

Este camino en la protección de la biodiversidad de nuestro territorio comenzó su recorrido hace 3 décadas, y si bien el viaje no ha sido fácil, hoy vemos reafirmado el compromiso hacia ella: a 7 meses de la publicación de la ley 21.600 y a menos de un año y medio de que esté publicado su reglamento, el Ministerio de Medio Ambiente (MMA), se encuentra realizando encuentros de participación ciudadana temprana, como parte de las acciones comprometidas en el acuerdo de Escazú, ratificado por Chile en julio del 2022.

La nueva ley, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, marca un hito crucial en la historia ambiental de nuestro país, ya que no solo viene a completar la institucionalidad ambiental de Chile, sino que será clave para alcanzar los objetivos del Marco Mundial de Biodiversidad de Kunming-Montreal, al que nuestro país adhirió en diciembre de 2022.

La Meta 3 de este Marco, más conocida como 30×30, nos compromete como país a proteger el 30% de nuestro territorio y maritorio para 2030, un objetivo que puede verse cercano si consideramos que actualmente contamos con el 23% del territorio terrestre y el 42% de la zona económica exclusiva en el mar protegidos. Y si bien la ley establece el  Sistema de Información de la Biodiversidad, y la clasificación de ecosistemas según su estado de conservación, será su reglamento el instrumento que establecerá las categorías y el procedimiento para clasificar los ecosistemas. Esto representa un importante apoyo para alcanzar esta meta, ya que 7 de las 10 ecorregiones terrestres están subrepresentadas en el actual sistema nacional de áreas protegidas.

Dentro de este escenario, es crucial destacar que el proceso de creación de áreas protegidas, tanto públicas como privadas, no debe detenerse durante la formulación del reglamento de la ley. Cada día que pasa sin la protección de estos valiosos espacios se pone en riesgo nuestra biodiversidad, comprometiendo nuestros esfuerzos de conservación a largo plazo. Por lo tanto, es imperativo que se adopten medidas para garantizar la continuidad administrativa y evitar interrupciones en la creación de nuevas áreas protegidas.

La importancia de la colaboración público-privada en la implementación, planificación y gestión de estas áreas no puede subestimarse. Oportunidades para hacerlo hay muchas.

La creación de corredores biológicos y zonas de amortiguación alrededor de las áreas protegidas es uno de los aspectos relevantes que requieren atención, y otra arista en la cual iniciativas privadas pueden, indudablemente, aportar. Estas medidas ayudan a garantizar la conectividad entre áreas fragmentadas y a mitigar los impactos negativos de las actividades humanas en los ecosistemas circundantes. Al fomentar la colaboración entre propietarios de tierras, comunidades locales y autoridades gubernamentales, la Ley norma la creación de paisajes de conservación, una figura impulsada por los municipios y a la que pueden adherir privados, promoviendo territorios resilientes y sostenibles que beneficien tanto a la naturaleza como a las personas.

El reglamento también establecerá la creación del Fondo Nacional de la Biodiversidad, una innovación relevante que destaca el valor económico y social de las áreas privadas de conservación. Este fondo estará destinado a financiar proyectos de investigación, capacitación, restauración y prácticas productivas sostenibles, principalmente fuera de las áreas protegidas del Estado. Este enfoque no solo promueve la conservación de la biodiversidad, sino que también genera beneficios para las comunidades locales y garantiza la sostenibilidad a largo plazo de los ecosistemas.

Restan casi 17 meses para el plazo de 2 años que dicta la ley para la entrada en vigencia del reglamento y en el transcurso de ese tiempo, el MMA realizará la consulta pública y la consulta indígena. Estas etapas son cruciales para avanzar hacia un enfoque integral de conservación centrado en una gobernanza consolidada, inclusiva y equitativa, que promueva la conectividad y representatividad de los ecosistemas del país y genere beneficios para las comunidades locales.

Estamos en presencia de una gran oportunidad de consolidar los esfuerzos de conservación tanto públicos como privados, y de potenciar las sinergias entre ambos para proteger, bajo un mismo sistema, el patrimonio natural, cultural y del valor paisajístico que legaremos a las generaciones futuras.


Néstor Burgos es Ingeniero en Recursos Naturales Renovables de la Universidad de Chile y Magíster en Desarrollo Rural de la Universidad Austral de Chile.
Desde 2016 forma parte de un proyecto colaborativo de conservación privada, iniciativa que le ha permitido conocer en profundidad las dificultades tanto técnicas como de gestión en temas de conservación territorial, llevándolo a especializarse en esta materia.
Actualmente es Director Ejecutivo de la Fundación Llampanguí, organización dedicada a la conservación de casi 7.000 hectáreas en la región de Coquimbo y Encargado de Planificación de Conservación de Proyecto Land, en donde se encuentra gestionando la implementación de 4 parques y más de 2.000. hectáreas de conservación.

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